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Querida familia de "Amigos para Ayudar": En este blog, que tiene el deseo de ir creciendo cada día más,  me gustaría ofreceros diferentes contenidos religiosos que os sirvan de utilidad. Como veréis en el índice que os presento a continuación, ya tenemos diversas secciones, pero me gustaría ir añadiendo nuevas temáticas uqe puedan ser de vuestro interés.  INDICE DEL BLOG: Los cinco minutos del Espíritu Santo Oraciones y Santo de cada día Lecturas y Evangelio de cada Domingo Libros, películas y música Alguna reflexión temática Cantos      Espero que en vuestros comentarios me vayáis indicando el valor que tiene para vosotros estos artículos que publicamos en "Amigos para Ayudar", así como nos dejéis alguna sugerencia para ayudaros cada vez más. 

📒 Los estipendios de la Misa


 

LOS ESTIPENDIOS DE LA MISA

Con este artículo quería informaros sobre lo que dice la Iglesia en materia de estipendios, para explicaros el sentido de los mismos y que conozcáis lo que dice el Código de Derecho Canónico sobre este particular.

A todo sacerdote que celebra o concelebra se le puede dar un estipendio para que aplique una Misa por determinada intención. (c. 945)

1.  El sentido de los estipendios de la Misa

El sentido de los estipendios de la Misa sólo se puede comprender si, desde la fe, se entienden varios aspectos de la doctrina cristiana.

(1) Por un lado, está el valor infinito que tiene la Eucaristía, que es el sacrificio que ofreció el Señor Jesús, al Padre Eterno, derramando su sangre, por la salvación de todos los hombres.

(2) En segundo lugar, hay que entender que la Misa que se “ofrece” por alguien debe significar una verdadera “ofrenda”.

Esta ofrenda es posible porque como hijos, amados y queridos de Dios, todo fiel participa del sacerdocio real de Cristo que, como Hijo Amado, tiene la complacencia del Padre y puede ofrecer un culto que agrada a Dios, y puede interceder por el mundo.

(3) Al aplicar la Misa de forma pública por una intención, contamos, no sólo con nuestra oración, sino con la oración de toda la Iglesia. Recordemos dos textos muy importantes:

a) Si dos o tres se ponen de acuerdo para pedir algo, mi Padre se lo concederá. (ver Mt 18,19)

b) No tengas en cuenta nuestros pecados, sino la fe de tu Iglesia. (Misal Romano)

(4) En cuarto lugar, está el valor de la oración del sacerdote, que elegido por Dios y consagrado por el sacramento del Orden, actúa in persona Christi
(en la misma persona de Cristo Cabeza)
e in nomine Eclesiae, y de esta forma su oración tiene la eficacia de quien ha sido nombrado por Dios como mediador entre Dios y los hombres.

Como suele decirse vulgarmente: “pida usted, que está más cerca de Dios y le hará más caso”.

(5) Además, con el estipendio “ayudamos a la Iglesia en sus necesidades”, de forma especial con el sostenimiento del clero.

(6) No olvidemos tampoco el acto de caridad que supone rezar por los difuntos y en especial por las benditas ánimas del purgatorio, que ya no pueden ofrecer ningún acto a Dios y esperan purificarse. La Iglesia nos ha enseñado que nuestra oración, gracias a la comunión de todos los santos, puede acelerar su purificación y ganarles la indulgencia.

(7) Por último, consideremos que al ofrecer la Misa contribuimos, sin decir una sola palabra, a la evangelización y a la propagación de la fe, porque sin decir ninguna palabra, con nuestro gesto, y con todo lo que este implica, nos convertimos en testigos y transmisores del valor y los contenidos de la fe.

2.  La ley canónica acerca del estipendio

Esta ley está recogida en el Código de Derecho Canónico, en los cánones c.945-958; c.534 y c.1.385.

a)  Sobre la cuantía del estipendio

Según el c.952, corresponde a los Obispos de la provincia, fijar el estipendio de la Misa, de forma que es posible que en diferentes provincias se cobre un estipendio distinto. En nuestro caso, la Provincia Eclesiástica de Madrid, formada por las Diócesis de Madrid, Alcalá y Getafe, ha fijado el estipendio, desde junio de 2008, tal y como aparece en el Boletín Oficial Eclesiástico, en 8€. Antes eran 6€ ó 1.000 ptas.

Un sacerdote no puede pedir mayor cantidad[1], pero si puede recibirla, si es voluntad del feligrés hacer con ello un donativo a la Iglesia.

De hecho los sacerdotes tienen la obligación de aceptar una cantidad inferior si la persona en cuestión no puede pagar la cantidad fijada por la Provincia Eclesiástica así como decir la Misa aún cuando la persona haya fallecido sin poder pagar el estipendio. (ver c. 948, 949, 952).

Por otro lado, si los fieles quieren dar más, tampoco hay problema. Lo único que hay que tener claro es si quiere que se le digan tantas Misas como dé el dinero o dar ese dinero por la Misa.

Si los fieles dan más cantidad que la estipulada, el sobrante se destinará a lo que haya determinado el Ordinario del lugar[2].

El c. 947 pide que se evite toda apariencia de comercio en esta materia, pues la Misa no cuesta nada. Cristo murió por todos de forma gratuita. Más bien, al contrario, la Misa tiene un valor infinito y no puede pagarse ni con todo el oro del mundo. Se trata, pues, de un ofrecimiento, pero nunca no de una compra.

El sacerdote, aún cuando no recibiera encargos puede aplicar intenciones en la Misa que celebra, dada su condición de sacerdote, y pedir especialmente por los más necesitados de su parroquia. (c 945 §2).

Y si por alguna causa el sacerdote no hubiere dicho la Misa que se le encargó y por la que se le dio dicho estipendio, la tendrá que hacer otro día, pues la obligación de ofrecer la Misa no prescribe. (c. 949).

b)  Sobre la intención de la Misa

El sacerdote que es párroco debe aplicar la Misa de los Domingos o días de Precepto por el pueblo que tiene encomendado. (c. 534). Por lo que si en el pueblo donde está sólo hay una Misa dominical, no se pueden acoger intenciones esos días.

Según el c. 948, no se podría aplicar más de una intención en la Misa, por lo que a cada Misa se puede decir sólo intención. En la práctica, y en todas las parroquias, dado que no hay tantos sacerdotes ni tantas Misas en las parroquias, y, sin embargo, si que hay peticiones por parte de los fieles, se aceptan más de una intención por Misa, al menos muchos días.
El sentido común y el recto juicio han de saber compaginar una facilidad para que la gente aplique la Misa por sus intenciones y respetar en lo posible el espíritu de la ley. Es así que suele ser costumbre que el Cabo de Año o el Funeral Novenario, se respete por norma general y para otras Misas se acepten varias peticiones, procurando que no sean demasiadas el mismo día.

Un sacerdote no puede recibir más Misas que se pueden decir en un año. (c. 953). Por lo que una vez al año es necesario volver a pedir Misas, aunque se pidan todos los años en las mismas fechas.

Por todo ello, debe existir, en cada parroquia, un libro de Misas, donde se anoten las intenciones y se lleve cuenta de los donativos recibidos, de forma que sea fácil el control por parte del párroco y del Ordinario del lugar (c. 955 §4; 957; 958).

3.  Práctica común en muchas parroquias

a)  No se pueden decir las Misas Gregorianas. Para ello es mejor ir a iglesias de religiosos, en los que la comunidad de frailes ofrece una mejor posibilidad de hacer todas las Misa encargadas sin interrupción. 

Las Misas Gregorianas son 30 Misas seguidas, dichas sin interrupción, por un difunto. Cuestan lo mismo que las demás, pero se dicen por devoción.

La Tradición nos cuenta cómo en el año 604, un monje llamado Justo falto a su voto de pobreza y cómo, al poco tiempo, enfermó y murió, por la culpa. El papa san Gregorio Magno recordó a los demás monjes los episodios de Hechos 5, 1ss y Hechos 8, 20 en los que el Apóstol san Pedro condena severamente las actitudes avariciosas y la codicia de las personas. Quiso inculcar gran temor a los monjes en este asunto, pero luego, temiendo por la salvación del monje, y para dar una esperanza a los demás, mandó que se le dijeran 30 Misas seguidas por él. Una vez dichas, aquel monje, se apareció a un compañero y le dijo que se había salvado gracias a las 30 Misas que habían dicho, las “Misas Gregorianas”.

b)  El sobrante de los estipendios

El sobrante de los estipendios (que es el dinero que supera los 8€ fijados por los Obispos madrileños para la intención de la Misa) se sobreentiende que lo estás dando a la parroquia. Es ella la que debería enviar al Obispado el sobrante. En la práctica creo que muchas parroquias se los quedan para sus propios gastos. De esta manera, si una persona entrega 10€ para la aplicación de una Misa, los 2€ sobrantes se quedarán en la parroquia en vez de ir al Obispado, pues, antes de pensar en ayudar a los demás, tienen que mirar por sus propios gastos, siendo además que el Obispado recibe de cada iglesia el 10% de todo lo que ingresa.

c)  Sobre las intenciones en días fijos del mes

Aquellas personas que suelen decir una Misa a sus familiares un día concreto al mes, tendrán que aceptar la posibilidad de que, por alguna razón, no se puedan decir las Misas tales días, en cuyo caso se dirán el siguiente día que sea posible, siempre con posterioridad a la fecha pedida, para poder darse cuenta y asistir cuando haya sido programada.

Espero haber contribuido no sólo a daros una información útil, sino a mejorar el sentido y devoción.



[1] No le es lícito al sacerdote pedir una cantidad mayor de lo estipulado, (c. 952), y aquel que obtiene un lucro ilegítimo por el estipendio de la Misa debe ser castigado con una censura o otra pena justa. (c. 1385). Lo que sí puede es recibir más si así lo ofrece el donante (c. 952).

[2] El fin del dinero sobrante lo determina el Ordinario del lugar, esto es, el Obispo y sus vicarios (el Consejo Episcopal de la Diócesis). c. 951. En la Archidiócesis de Madrid ese dinero sobrante va al Fondo de Cooperación Diocesano cuyo cometido es el sustento del clero en aquellas parroquias que no pueden pagar su salario.

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