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LOS ESTIPENDIOS DE LA MISA
Con
este artículo quería informaros sobre lo que
dice la Iglesia en materia de estipendios, para explicaros el sentido de los mismos y que conozcáis lo que dice
el Código de Derecho Canónico sobre este particular.
A
todo sacerdote que celebra o concelebra se le puede dar un estipendio para que aplique
una Misa por determinada intención. (c. 945)
1. El sentido de los estipendios
de la Misa
El sentido de los estipendios de la Misa sólo se puede comprender si, desde la fe, se entienden varios
aspectos de la doctrina cristiana.
(1) Por
un lado, está el valor infinito que tiene la Eucaristía,
que es el sacrificio que ofreció el Señor Jesús, al Padre Eterno, derramando
su sangre, por la salvación de todos los hombres.
(2) En segundo lugar, hay que entender que la Misa que se “ofrece” por alguien debe significar una verdadera “ofrenda”.
Esta ofrenda es posible porque como hijos, amados y queridos de Dios, todo fiel participa del sacerdocio real de Cristo que, como Hijo Amado, tiene la complacencia del Padre y puede ofrecer un culto que agrada a Dios, y puede interceder por el mundo.
(3) Al
aplicar la Misa de forma pública por una
intención, contamos, no sólo con nuestra oración, sino con la oración de
toda la Iglesia. Recordemos dos textos muy importantes:
a) Si dos o tres se ponen de acuerdo para pedir algo, mi Padre se
lo concederá. (ver Mt 18,19)
b) No tengas en cuenta nuestros pecados, sino la fe de tu Iglesia.
(Misal Romano)
(4) En
cuarto lugar, está el valor de la oración del sacerdote, que elegido por Dios y
consagrado por el sacramento del Orden, actúa in persona Christi
(en la misma persona de Cristo Cabeza) e in nomine Eclesiae, y de esta forma su oración tiene la eficacia
de quien ha sido nombrado por Dios como mediador entre Dios y los hombres.
Como suele decirse vulgarmente: “pida
usted, que está más cerca de Dios y le hará
más caso”.
(5) Además,
con el estipendio “ayudamos a la Iglesia en sus necesidades”, de forma especial
con el sostenimiento del clero.
(6) No
olvidemos tampoco el acto de caridad que supone rezar por los difuntos y en
especial por las benditas ánimas del purgatorio, que ya no pueden ofrecer
ningún acto a Dios y esperan purificarse. La Iglesia nos ha enseñado que
nuestra oración, gracias a la comunión de todos los santos, puede acelerar su
purificación y ganarles la indulgencia.
(7) Por
último, consideremos que al ofrecer la Misa contribuimos, sin decir una sola palabra,
a la evangelización y a la propagación de la fe, porque sin decir ninguna
palabra, con nuestro gesto, y con todo lo que este implica, nos convertimos en
testigos y transmisores del valor y los contenidos de la fe.
2. La ley canónica acerca
del estipendio
Esta ley está recogida en el Código de Derecho Canónico, en los cánones c.945-958; c.534 y c.1.385.
a) Sobre
la cuantía del estipendio
Según el c.952, corresponde a los Obispos de la provincia,
fijar el estipendio de la Misa, de forma que es posible que en diferentes
provincias se cobre un estipendio distinto. En nuestro caso, la Provincia
Eclesiástica de Madrid, formada por las Diócesis de Madrid, Alcalá y Getafe, ha
fijado el estipendio, desde junio de 2008, tal y como aparece en el Boletín
Oficial Eclesiástico, en 8€. Antes eran 6€ ó 1.000 ptas.
Un
sacerdote no puede pedir mayor cantidad[1], pero
si puede recibirla, si es voluntad del feligrés hacer con ello un donativo a la
Iglesia.
De
hecho los sacerdotes tienen la obligación de aceptar una cantidad inferior si
la persona en cuestión no puede pagar la cantidad fijada por la Provincia
Eclesiástica así como decir la Misa aún cuando la persona haya fallecido sin
poder pagar el estipendio. (ver c. 948, 949, 952).
Por
otro lado, si los fieles quieren dar más, tampoco hay problema. Lo único que
hay que tener claro es si quiere que se le digan tantas Misas como dé el dinero
o dar ese dinero por la Misa.
Si los fieles dan más cantidad que la estipulada, el sobrante se destinará a lo que haya determinado
el Ordinario del lugar[2].
El
c. 947 pide que se evite toda apariencia de comercio
en esta materia, pues la Misa no cuesta nada. Cristo murió por todos de forma gratuita. Más bien, al contrario, la Misa tiene un valor infinito y no
puede pagarse ni con todo el oro del mundo. Se trata, pues, de un ofrecimiento,
pero nunca no de una compra.
El sacerdote, aún cuando no recibiera encargos puede aplicar intenciones en la Misa que celebra, dada su condición de sacerdote, y pedir especialmente
por los más necesitados de su parroquia. (c 945 §2).
Y
si por alguna causa el sacerdote no hubiere dicho la Misa que se le encargó y
por la que se le dio dicho estipendio, la tendrá que hacer otro día, pues la
obligación de ofrecer la Misa no prescribe. (c. 949).
b) Sobre
la intención de la Misa
El
sacerdote que es párroco debe aplicar la Misa de los Domingos o días de
Precepto por el pueblo que tiene encomendado.
(c. 534). Por lo que si en el pueblo donde está sólo hay una Misa dominical,
no se pueden acoger intenciones esos días.
Según
el c. 948, no se podría aplicar más de una intención en la Misa, por lo que a cada
Misa se puede decir sólo intención. En la práctica, y en todas las parroquias,
dado que no hay tantos sacerdotes ni tantas Misas en las parroquias, y, sin
embargo, si que hay peticiones por parte de los fieles, se aceptan más de una
intención por Misa, al menos muchos días.
El sentido común y el recto juicio han de saber compaginar una facilidad para
que la gente aplique la Misa por sus intenciones y respetar en lo posible el
espíritu de la ley. Es así que suele ser costumbre que el Cabo de Año o el Funeral
Novenario, se respete por norma general y para otras Misas se acepten varias
peticiones, procurando que no sean demasiadas el mismo día.
Un
sacerdote no puede recibir más Misas que se pueden decir en un año. (c. 953). Por
lo que una vez al año es necesario volver a pedir Misas, aunque se pidan todos
los años en las mismas fechas.
Por
todo ello, debe existir, en cada parroquia, un libro de Misas, donde se anoten
las intenciones y se lleve cuenta de los donativos recibidos, de forma que sea
fácil el control por parte del párroco y del Ordinario del lugar (c. 955 §4;
957; 958).
3. Práctica común en muchas parroquias
a) No
se pueden decir las Misas Gregorianas. Para ello es mejor ir a iglesias de religiosos, en los que la comunidad de frailes ofrece una mejor posibilidad de hacer todas las Misa encargadas sin interrupción.
Las Misas Gregorianas son 30 Misas seguidas, dichas sin interrupción, por un difunto. Cuestan lo
mismo que las demás, pero se dicen por devoción.
La
Tradición nos cuenta cómo en el año 604, un monje llamado Justo falto a su voto
de pobreza y cómo, al poco tiempo, enfermó y murió, por la culpa. El papa san
Gregorio Magno recordó a los demás monjes
los episodios de Hechos 5, 1ss y Hechos 8, 20 en los que el Apóstol san Pedro condena severamente las actitudes
avariciosas y la codicia de las personas. Quiso
inculcar gran temor a los monjes en este asunto, pero luego, temiendo por
la salvación del monje, y para dar una esperanza a los demás, mandó que se le
dijeran 30 Misas seguidas por él. Una vez dichas, aquel monje, se apareció a un
compañero y le dijo que se había salvado gracias a las 30 Misas que habían
dicho, las “Misas Gregorianas”.
b) El
sobrante de los estipendios
El sobrante de los estipendios (que es el dinero que supera los 8€ fijados por los Obispos madrileños para la intención de la Misa) se sobreentiende que lo estás dando a la parroquia. Es ella la que debería enviar al Obispado el sobrante. En la práctica creo que muchas parroquias se los quedan para sus propios gastos. De esta manera, si una persona entrega 10€ para la aplicación de una Misa, los 2€ sobrantes se quedarán en la parroquia en vez de ir al Obispado, pues, antes de pensar en ayudar a los demás, tienen que mirar por sus propios gastos, siendo además que el Obispado recibe de cada iglesia el 10% de todo lo que ingresa.
c) Sobre
las intenciones en días fijos del mes
Aquellas
personas que suelen decir una Misa a sus familiares un día concreto al mes,
tendrán que aceptar la posibilidad de que, por alguna razón, no se puedan decir
las Misas tales días, en cuyo caso se dirán el siguiente día que sea posible, siempre
con posterioridad a la fecha pedida, para poder darse cuenta y asistir cuando
haya sido programada.
Espero haber contribuido no sólo a daros una información
útil, sino a mejorar el sentido y devoción.
[1] No le es lícito al sacerdote pedir una cantidad
mayor de lo estipulado, (c. 952), y aquel que obtiene un lucro ilegítimo
por el estipendio de la Misa debe ser
castigado con una censura o otra pena justa. (c. 1385). Lo que sí puede
es recibir más si así lo ofrece el donante (c. 952).
[2] El fin del dinero sobrante lo determina el
Ordinario del lugar, esto es, el
Obispo y sus vicarios (el Consejo Episcopal de la Diócesis). c. 951. En la Archidiócesis de Madrid ese dinero sobrante va al Fondo
de Cooperación Diocesano cuyo cometido es el sustento del clero en aquellas
parroquias que no pueden pagar su salario.
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